En ViVO

jueves, 27 de diciembre de 2012

PRESTACIONES KINESIOLÓGICAS EN DPTO. GRAL. OBLIGADO.

Debido a que no se encuentran dadas las garantías para que se cumplan íntegramente las condiciones estipuladas contractualmente con los prestadores de kinesiología en el Dpto. Gral. Obligado, a partir del 1ro. de enero de 2013 las prácticas de esa especialidad para los afiliados al IAPOS se realizarán exclusivamente por reintegro.

En general y de acuerdo a la patología del afiliado, se reconocerán 10 sesiones mensuales y hasta 30 sesiones anuales, a los valores vigentes en la obra social.

A tales efectos los afiliados deberán presentar en la Delegación Reconquista o las Bocas de Expendio del IAPOS del Dpto. Gral. Obligado, pedido médico con diagnóstico que justifique la prestación, factura B o C de acuerdo con la normativa exigida por AFIP, fotocopia de la credencial afiliatoria del titular y del beneficiario y fotocopia del recibo de sueldo del titular. Para su reconocimiento y reintegro, la documentación presentada será evaluada por auditoría medica de la obra social.

Los aranceles vigentes para las prestaciones que brinda IAPOS pueden ser consultados en “Prestaciones” del sitio web www.santa fe.gov.ar/iapos.

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